2 de septiembre de 2026

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La jueza ordena la puesta en libertad del violador de la Malvarrosa al no poder localizar a la víctima para que ratifique la denuncia

El TSJCV confirma que la magistrada actuó de acuerdo con el fiscal y el artículo 191 del Código Penal, que exige denuncia para perseguir delitos sexuales contra adultos


La magistrada de guardia de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Valencia ha decretado la libertad provisional del joven marroquí de 27 años detenido este domingo en la playa de la Malvarrosa por una presunta violación, según han confirmado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

El presunto agresor, que se encuentra en situación irregular en España, fue arrestado sobre las 6:45 horas de la madrugada por agentes de la Unidad de Seguridad, Apoyo y Prevención (USAP) de la Policía Local de Valencia tras ser sorprendido en plena agresión sexual a una joven de 22 años en las inmediaciones de la discoteca Akuarela. Según el relato policial, el detenido se abalanzó sobre la víctima, que acababa de bañarse y yacía en la arena, le arrancó el vestido, la forcejeó y le tapó la boca para impedir que gritara, mientras la sometía a una penetración.

Cuando los agentes se aproximaron al lugar, el sospechoso emprendió la huida, pero fue alcanzado tras una breve persecución. En ese momento, se resistió al arresto y propinó varios puñetazos en la cara a uno de los policías, que tuvo que recibir asistencia médica. Por estos hechos, el detenido fue acusado de un delito de agresión sexual con penetración y otro de atentado contra agente de la autoridad.

Los entresijos de la decisión judicial

La puesta en libertad, acordada este lunes, se ha adoptado de conformidad con el criterio del Ministerio Fiscal después de que la víctima no haya podido ser localizada para comparecer en el juzgado y formular la correspondiente denuncia. Fuentes del TSJCV han recordado que, en los delitos contra la libertad sexual cometidos contra víctimas adultas, la denuncia es un requisito indispensable para perseguir esos hechos conforme al artículo 191 del Código Penal.

La joven fue trasladada al Hospital La Fe, donde recibió atención en el Servicio de Ginecología y prestó declaración a los agentes del grupo de atención a víctimas de violencia de género. Sin embargo, la Policía no ha logrado dar con su paradero para citarla en sede judicial, lo que ha impedido que ratifique la denuncia que ya había formulado ante los agentes.

El órgano judicial ha incoado diligencias previas por un presunto delito de agresión sexual y ha oficiado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para que continúen con la búsqueda de la víctima, a fin de que pueda prestar declaración y manifestar si desea denunciar los hechos. Mientras tanto, el presunto agresor permanece en libertad provisional.

El precedente de la legislación española

España mantiene una particularidad procesal en este tipo de delitos que la diferencia de otros países europeos. Mientras que naciones como Francia o Alemania no exigen que la víctima formule una denuncia formal para que el proceso penal pueda seguir adelante, el artículo 191 del Código Penal español establece que, para los delitos contra la libertad sexual cometidos contra adultos, la denuncia de la persona agredida es un requisito de procedibilidad. Esta peculiaridad ha sido objeto de debate en el ámbito jurídico y político, especialmente en casos donde la víctima, por diversas circunstancias, no puede o no quiere comparecer ante el tribunal.

Reacciones políticas y sociales

La decisión judicial ha generado un amplio debate en redes sociales y en el ámbito político. Diversas voces han criticado lo que consideran un «vacío legal» que permite la puesta en libertad de un presunto violador sorprendido in fraganti, mientras que otros defienden la aplicación estricta de la ley y la presunción de inocencia.

El caso, que ha conmocionado a la ciudad de Valencia, pone de relieve las dificultades que enfrentan las víctimas de agresiones sexuales en el proceso judicial y las limitaciones que la legislación actual impone a la persecución de estos delitos cuando la denunciante no comparece. El TSJCV ha insistido en que la jueza se ha limitado a aplicar la ley vigente, y que la causa permanece abierta a la espera de que la víctima pueda ser localizada.

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