Desde hoy, las calles y carreteras de toda España están sujetas a un nuevo marco normativo de circulación. La reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, entra en vigor este jueves con el objetivo declarado de incrementar la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía y adaptar la normativa a las nuevas formas de movilidad urbana.
La norma, que por primera vez define legalmente la categoría de «usuario vulnerable» —incluyendo a peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores—, introduce un amplio catálogo de obligaciones cuyo incumplimiento conlleva sanciones económicas que, en la mayoría de los casos, ascienden a 200 euros.
Patinetes y bicicletas: los grandes protagonistas
Uno de los cambios más significativos afecta a los usuarios de patinetes eléctricos. A partir de hoy, la edad mínima para conducir un VMP se fija en 15 años, y su incumplimiento está tipificado como infracción sancionada con una multa de 100 euros que, según especifican las fuentes consultadas, recaerá sobre los padres o tutores legales del menor. Además, se establece el uso obligatorio de casco homologado y de chaleco reflectante durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad. El alumbrado permanente, en cambio, no será exigible hasta el 1 de octubre de 2027.
Para los ciclistas, la reforma introduce reglas específicas en el ámbito urbano. En ciudad, deberán circular preferentemente por el centro del carril cuando no exista una vía específica, y los vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril deberán mantener una distancia mínima de cinco metros. En carretera, el adelantamiento a ciclistas, grupos de ciclistas, VMP o peatones exigirá una separación lateral mínima de 1,5 metros, un cambio completo de carril cuando haya más de un carril por sentido y una reducción de velocidad de al menos 20 km/h respecto al límite de la vía durante toda la maniobra. El incumplimiento de estas reglas de adelantamiento está castigado con multas de 200 euros y la pérdida de hasta 6 puntos del carné.
Motoristas: guantes, calzado cerrado y arcén regulado
Los conductores de motocicletas y ciclomotores afrontan también nuevas exigencias. El calzado cerrado que cubra todo el pie pasa a ser obligatorio en cualquier tipo de vía, mientras que los guantes de protección se exigen en vías interurbanas. Ambas obligaciones se consideran infracciones graves y llevan aparejada una sanción de 200 euros. Adicionalmente, las motocicletas deberán disponer de un chaleco reflectante de alta visibilidad como parte de su dotación obligatoria.
En cuanto a la circulación en atascos, la norma permite a las motocicletas utilizar el arcén derecho cuando el tráfico se encuentre detenido por congestión, pero únicamente en los tramos previamente autorizados y señalizados, circulando en columna de a uno y a una velocidad máxima de 30 km/h. Fuera de estas condiciones, la utilización del arcén sigue estando prohibida y sancionada.
Taxistas, repartidores y profesores de autoescuela pierden exenciones
Uno de los cambios que más revuelo ha causado entre determinados colectivos profesionales es la eliminación de las excepciones al uso del cinturón de seguridad. Hasta ahora, taxistas, repartidores de mercancías y profesores de autoescuela estaban exentos de llevarlo en determinadas circunstancias durante su actividad laboral. Desde hoy, esa exención desaparece y solo se mantiene para los ocupantes de vehículos en servicios de urgencia. La medida ha generado malestar entre los profesionales del taxi, que consideran que dificulta su labor diaria.
Por su parte, los repartidores que trabajen en bicicleta, VMP, ciclomotor o motocicleta deberán utilizar casco y chaleco reflectante durante toda su actividad, sin excepción de horario.
Un nuevo marco para la movilidad urbana
Más allá de las obligaciones individuales, la reforma incorpora un nuevo Título VI al Reglamento, dedicado específicamente a las normas de circulación en zonas urbanas. Este marco estatal faculta a los ayuntamientos a desarrollar mediante ordenanzas municipales restricciones de tráfico por motivos medioambientales, incluyendo prohibiciones totales o parciales, limitaciones horarias y la regulación de Zonas de Bajas Emisiones, siempre sin contradecir la normativa estatal.
Asimismo, se establece la obligación de crear un corredor central de emergencia en autopistas y autovías cuando se produzcan retenciones, para facilitar el paso de los servicios de emergencia.
La DGT defiende la reforma: «La protección del vulnerable está en la esencia de nuestra política vial»
El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha defendido la reforma en declaraciones a RTVE, subrayando que «la protección del vulnerable está en la esencia de la política de seguridad vial». Navarro también ha desmentido las informaciones que apuntaban a la desaparición de la baliza V16, confirmando que su obligación se mantiene y que no llevarla conlleva una multa de 80 euros.
La reforma, que llega acompañada de un aumento significativo de las sanciones —la mayoría de 200 euros—, marca un cambio de paradigma en la movilidad española, poniendo el foco en la convivencia entre los distintos modos de desplazamiento y en la protección de quienes más riesgo corren en la vía.

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