20 de octubre de 2026

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El Constitucional afronta este miércoles la decisión más delicada de la ‘ley de nietos’: admitir o no el recurso del Defensor del Pueblo.

El Pleno del TC, presidido por Cándido Conde-Pumpido, debate si da trámite al amparo de Ángel Gabilondo contra la suspensión del voto de más de 160.000 nacionalizados. Un informe de los letrados y la postura del ponente apuntan supuestamente a la inadmisión por «prematura», en un intento de evitar un nuevo choque institucional con el Supremo a menos de un mes de las elecciones.

El Tribunal Constitucional se enfrenta este miércoles a una de las deliberaciones más trascendentales de los últimos años, y que según la información que manejan las fuentes jurídicas consultadas, podría resolverse en contra de las expectativas del Gobierno. El Pleno de la corte de garantías, que preside Cándido Conde-Pumpido, estudiará la admisión a trámite del recurso de amparo interpuesto por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente el derecho al voto de más de 160.000 ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española al amparo de la denominada ‘ley de nietos’.

El origen del conflicto se remonta a la instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, entonces dirigida por Sofía Puente, que presuntamente permitía acreditar la condición de exiliado a los descendientes de españoles que abandonaron el país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955 sin necesidad de demostrar persecución política o ideológica. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, al estimar un recurso de Vox e Iustitia Europa, acordó la suspensión cautelar de la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de aquellos nacionalizados bajo el paraguas de esa instrucción, al considerar que supuestamente se había producido una aplicación irregular de la normativa que podía comprometer la limpieza del proceso electoral del 29-N.

El Supremo cierra la puerta a una intervención exprés

De acuerdo con la información facilitada por fuentes del alto tribunal, la clave de la deliberación del Pleno reside en un obstáculo procesal que podría resultar insalvable. El Tribunal Supremo no solo mantuvo la suspensión cautelar tras desestimar el recurso de reposición de la Abogacía del Estado, sino que además abrió un plazo para que los afectados pudieran personarse y presentar alegaciones. Esta circunstancia, según las fuentes jurídicas consultadas, implica que la vía judicial ordinaria sigue abierta y que, por tanto, el recurso de amparo del Defensor del Pueblo podría ser considerado «prematuro», tal y como ya han advertido los propios letrados del Constitucional en un informe elaborado a instancias del magistrado ponente, el conservador Enrique Arnaldo.

Este informe letrado, que supuestamente propone la inadmisión, se sustenta en la doctrina consolidada del propio Tribunal Constitucional, que exige el agotamiento de la vía judicial previa antes de poder pronunciarse sobre el fondo de un derecho fundamental. Al no existir aún una sentencia firme del Supremo sobre la legalidad de la instrucción, sino tan solo una medida cautelar en el marco de un procedimiento que sigue su curso, el TC carecería según esta interpretación de la competencia para intervenir en este momento.

Un Pleno fracturado y un voto decisivo

La decisión, no obstante, no está exenta de complejidad política y jurídica. Según ha podido saber este diario a través de fuentes del órgano de garantías, la mayoría progresista que tradicionalmente ha respaldado las posiciones de Conde-Pumpido se encuentra fracturada ante este asunto. La magistrada María Luisa Balaguer, presidenta de la Sección Cuarta, se habría posicionado ya a favor de la inadmisión propuesta por el ponente conservador, mientras que el magistrado Ramón Sáez votaría a favor de admitir el recurso.

En este escenario de empate técnico, el voto del propio presidente Conde-Pumpido se antoja presuntamente determinante. Fuentes próximas a la presidencia del tribunal han deslizado que su postura se inclina por evitar un nuevo «choque de trenes» con el Tribunal Supremo en un momento de especial tensión institucional, máxime cuando el asunto de fondo –la legalidad de la instrucción– es competencia exclusiva de la jurisdicción ordinaria y de la administración electoral. Estas mismas fuentes descartan una hipotética maniobra de urgencia que pudiera alterar el tablero electoral a última hora, recordando que el propio Conde-Pumpido ya manifestó públicamente que un recurso de amparo sobre esta materia solo podría prosperar «cuando haya acabado la tramitación del Supremo».

Las consecuencias de una inadmisión

Si el Pleno del Constitucional opta finalmente por inadmitir el recurso, según la información recabada, la suspensión cautelar del voto de los más de 160.000 afectados se mantendría firme de cara a los comicios del 29-N. El Gobierno, que supuestamente ya ha asumido la pérdida de esta batalla judicial, se vería abocado a una aplicación «complejísima» de la orden del Supremo en un plazo récord, teniendo que depurar el censo y acreditar el origen de miles de nacionalizaciones en apenas un mes. Mientras tanto, el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, vería cómo su primer recurso de amparo en cinco años de mandato –y el duodécimo en la historia de la institución– podría ser rechazado sin que el tribunal llegue siquiera a pronunciarse sobre el fondo de la vulneración de derechos fundamentales alegada.

La decisión final se conocerá este miércoles, supuestamente, tras la deliberación del Pleno, y marcará no solo el futuro electoral inmediato de decenas de miles de personas, sino también la relación futura entre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo en un contexto de creciente conflictividad entre ambos órganos. Este diario ha intentado contrastar de forma independiente la información relativa a las posturas internas de los magistrados, si bien las fuentes consultadas proceden, en su totalidad, de filtraciones interesadas y de medios que según la información disponible han tenido acceso a las deliberaciones, por lo que las conclusiones aquí expuestas deben ser tomadas con la cautela propia de un proceso deliberativo que aún no ha concluido.

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